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PRESENTACIONES DOCTOR PAMOS ENVIDAS POR MAI 20-12-05
SOBRE DTR. MARTINEZ SALINAS


Rollo de Sala nº139/97



        A LA SECCIÓN TERCERA DE LA SALA DE LO PENAL DE LA             AUDIENCIA NACIONAL.          




    D.Carlos Blanco Sánchez de Cueto, Procurador de los Tribunales y de D.RICARDO M. CAVALLO, comparezco y DIGO:





Que por medio del presente escrito, habiendo tenido reciente conocimiento, por mor de nuestra efectiva personación en el rollo de Sala de anotaciones marginales, de la intervención del Ilmo. Sr.Magistrado D.Luis Martínez de Salinas en la presente fase intermedia y habiéndose el mismo abstenido en la presente causa, tal y como se demuestra con la documentación que se aporta, solicitamos que se certifique por la Sala qué resoluciones han sido dictadas por el mismo en esta fase intermedia y se anulen, dando cumplimiento al derecho a la tutela judicial efectiva y velando por el cumplimiento de normas procesales de inexcusable cumplimiento, amen de para evitar nulidades seguras futuras que incidirían, entre otros derechos, en el derecho a un proceso sin dilaciones y con todas las garantías.





ÚNICO.- Se aporta copia del auto, de fecha 25 de marzo de 2002, en el que el Magistrado citado se abstuvo del conocimiento de las presentes actuaciones al entender que habían tenido intervención en la causa durante la fase instrucción (idénticos, ahora, hechos los investigados, idénticas alegaciones resueltas en el combate que se ha venido haciendo de la falta de Jurisdicción, mismo auto de procesamiento para los dos procesados, y lo que es definitivo, mismo sumario e idéntico rollo de sala en el que se abstuvo).



Obsérvese cómo la abstención admitida, que tenía su causa en el número 10 del art.219 de la LOPJ, lo era con respecto a la causa y no en relación con el anterior procesado porque pudieren existir cuestiones personalísimas respecto al mismo (enemistad o amistad, cualquier vínculo de parentesco u otros).






El Magistrado, que ninguna intervención podía tener en la fase intermedia del presente procedimiento –como la Sala de Gobierno admitió, tal y como se demuestra con el Auto de la misma y el Acuerdo del Excmo.Sr.Presidente de la Sala de lo Penal-, ha dictado resoluciones con respecto a nuestro mandante, formando Sala, en sede de los recursos de apelación y queja contra resoluciones del órgano instructor, circunstancia que no entendemos anormal, pues era la Sala que lo venía haciendo.



Lo que ha sido absolutamente irregular, incluso para el supuesto de que no hubiere formado sala en recursos contra resoluciones del órgano instructor con respecto a nuestro mandante, constituyendo una causa de nulidad de pleno derecho sin posibilidad de subsanación, es el haber dictado otras resoluciones como Magistrado en la fase intermedia de este rollo de sala, por haberse el mismo abstenido; así, (“absteniéndose de conocer este Tribunal en la fase procesal en que se encuentra la presente causa”-Fundamento de Derecho ÚNICO del auto de fecha 25 de marzo de 2000)


Entre otras, una vez que hemos tenido conocimiento de  su intervención en determinadas resoluciones, ha dictado las siguientes –sin perjuicio de que se examine el rollo de sala, se concreten las que ha dictado y se anulen las mismas-: auto de fecha 21 de marzo de 2005 designando ponente y dando comienzo al trámite de instrucción, 14 de septiembre de 2005, 1 de septiembre de 2005, 17 de noviembre de 2005, 3 de noviembre de 2005 y 4 de noviembre de 2005 (alguna  de ellas, aún cuando no fuere lo primordial, que sí lo es el simple hecho de dictarlas, con un contenido importantísimo).



Y es por lo que,


SOLICITO A LA SALA: Que por presentado este escrito, tenga por efectuadas las alegaciones anteriores, por aportada la documentación que se acompaña y por interesada la nulidad de las resoluciones dictadas por el magistrado que se abstuvo del conocimiento del presente rollo de sala en la fase procesal intermedia, con los efectos procesales oportunos.




                        En Madrid a  16  de diciembre de 2005



Fernando Pamos de la Hoz                      Carlos Blanco Sánchez de Cueto
                Letrado                                                   Procurador











 

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