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DECLARACIÓN DEL GOBIERNO DE CUBA A LA OPINIÓN  PÚBLICA  NACIONAL E INTERNACIONAL

Enero 11 del año 2002

La base naval norteamericana de Guantánamo es una  instalación ubicada en un área de 117,6 kilómetros  cuadrados  del territorio nacional de Cuba, ocupada desde 1903.  Fue  resultado de un Convenio para las Estaciones  Carboneras y  Navales firmado entre el Gobierno de Estados Unidos  y el  Gobierno de Cuba, presidido por Tomás Estrada Palma,  en  circunstancias en que nuestro país no poseía  prácticamente  independencia alguna a partir de la imposición de  una  enmienda aprobada por el Congreso de Estados Unidos   y  firmada por el Presidente McKinley en marzo de 1901,  que se  conoció como Enmienda Platt, mientras nuestro país  estaba  ocupado por el ejército de Estados Unidos, después  de su  intervención en la guerra de independencia del  pueblo de  Cuba contra la metrópoli española.

Tal Enmienda daba a Estados Unidos el derecho a  intervenir  en Cuba, y fue impuesta al texto de nuestra  Constitución de  1901 como condición para la retirada de las tropas  de  Estados Unidos del territorio cubano. En virtud de  esa  cláusula fue suscrito el mencionado Convenio para  las  Estaciones Carboneras y Navales, firmado en febrero  de 1903  en La Habana y Washington, respectivamente, que en  realidad  incluía dos áreas de nuestro territorio nacional:   Bahía  Honda y Guantánamo, aunque nunca llegó a  establecerse una  base naval en la primera.

En el Artículo II de aquel Convenio se establecía  textualmente el derecho "a hacer todo cuanto fuere  necesario  para poner dichos lugares en condiciones de usarse  exclusivamente como estaciones carboneras o navales  y para  ningún otro objeto".

En adición a este convenio de febrero de 1903, el 22  de mayo  de ese mismo año, se firmó un Tratado Permanente de  Relaciones entre Cuba y Estados Unidos, en el que  las 8  cláusulas de la Enmienda Platt son tomadas  textualmente y  convertidas en los artículos del Tratado.

Veintiún años más tarde, el 29 de mayo de 1934, en  el  espíritu de la política norteamericana del "Buen  Vecino",  bajo la presidencia de Franklin Delano Roosevelt,  fue  firmado un nuevo Tratado de Relaciones entre la  República de  Cuba y Estados Unidos de América que derogaba el de  1903, y  con ello la Enmienda Platt. En este nuevo Tratado  también  quedaba excluida definitivamente Bahía Honda como  posible  base, pero se mantenía la permanencia de la base  naval de  Guantánamo y la plena vigencia de las normas que lo  regían.  Con relación a dichas normas que continuaban  vigentes, el  Artículo III del nuevo Tratado establecía  textualmente:

"En tanto las dos partes contratantes no se pongan  de  acuerdo para la modificación o abrogación de las  estipulaciones del Convenio firmado por el  Presidente de la  República de Cuba el 16 de febrero de 1903 y por el  Presidente de los Estados Unidos de América el 23  del mismo  mes y año, en cuanto al arrendamiento a los Estados  Unidos  de América de terrenos en Cuba para estaciones  carboneras o  navales, seguirán en vigor las estipulaciones de ese  Convenio en cuanto a la estación naval de  Guantánamo.  Respecto a esa estación naval seguirá también en  vigor en  las mismas formas y condiciones el arreglo  suplementario  referente a estaciones navales o carboneras  terminado entre  los dos Gobiernos el 2 de Julio de 1903. Mientras no se abandone por parte de los Estados  Unidos de  América la dicha Estación Naval de Guantánamo o  mientras los  dos Gobiernos no acuerden una modificación de sus  límites  actuales, seguirá teniendo la extensión territorial  que  ahora ocupa, con los límites que tiene en la fecha  de la  firma del presente Tratado."

Como una prueba de las condiciones abusivas de aquel  Convenio, el mencionado arreglo suplementario  estipulaba que  Estados Unidos pagaría a la República de Cuba por  el  arrendamiento de 117,6 kilómetros cuadrados -es  decir,  11,760 hectáreas que incluyen gran parte de una de  las  mejores bahías del país- la suma de dos mil dólares  anuales,  que en la actualidad asciende a 4.085 dólares al año  -es  decir, 34,7 centavos por hectárea- pagados en  cheques  anuales que Cuba, por elemental dignidad y absoluto  desacuerdo con lo que ocurre en ese espacio de  nuestro  territorio nacional, se ha negado a cobrar. Los  cheques  son dirigidos al Tesorero General de la República de  Cuba,  cargo e institución que hace mucho tiempo ya no  existen.

 

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